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"Coral Internacional" recibe un doble revés legal en un amparo solicitado contra Huatson

  • Redacción/LA VERDAD
  • hace 4 días
  • 3 Min. de lectura

 

La empresa, que es una subsidiaria del "Grupo Aceites del Mayo", había solicitado un amparo en contra del Ayuntamiento de Huatabampo al que acusó de negarle una respuesta a un trámite de manifestación de traslado de dominio

 

Redacción/COSA JUZGADA SONORA

 HERMOSILLO, Son.- La empresa "Coral Internacional", una subsidiaria del "Grupo Aceites del Mayo", ubicado en el Valle del Mayo, acaba de recibir una mala noticia.

Este lunes 21 de abril el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa confirmó una sentencia en contra de la empresa dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito.

En esa fecha, los magistrados integrantes del Tribunal Colegiado votaron por unanimidad la confirmación de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito.

En la ponencia elaborada por el magistrado Óscar Javier Sánchez Martínez el tribunal consideró que "Coral Internacional" nunca acreditó con documentos haber hecho la solicitud de traslado de dominio que aseguraba haber llevado adelante.

El fallo se dictó dentro del número de expediente 569/2024.

Esa resolución derivó de un juicio de amparo, el número 67/2024, solicitado por la empresa en contra del Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Huatabampo.

El reclamo era por haber incluido el "desatención y trámite debido a la manifestación de traslación de dominio por la adquisición de bien inmueble urbano".

Esta petición, de acuerdo con la demanda original de la compañía se llevó a cabo el 24 de agosto del 2023.

De acuerdo con el reclamo el Encargado de la Tesorería Municipal y del Catastro, el Presidente Municipal y el Síndico Procurador no atendieron su petición, pese a haber cumplido con los requisitos establecidos por la ley.

Sin embargo, al rendir su informe dentro del proceso legal, la autoridad municipal negó los hechos.

"No es cierto el reclamo a las autoridades responsables, no obstante que omitieron rendir informe con justificación", refirió la Jueza Séptima de Distrito, Yazmín Angélica Murillo Badilla.

La juzgadora abundó luego de dar a conocer los documentos presentados por los abogados de la empresa:

"... De lo anterior no se advierte que la parte quejosa acreditará, en principio, haber elevado tal solicitud ante las autoridades responsables del Ayuntamiento de Huatabampo, Sonora, pues no existe en autos constancia de recepción de dicha solicitud por parte de las responsables", explicó.

La Jueza agregó que en el expediente no existe acuse de recibo de dicha solicitud, ni tampoco copia simple de ésta para afirmar que existe indicio de que se elevó tal solicitud.

"...De ahí que no exista la omisión atribuida a las autoridades responsables", apuntó.

En el expediente se refiere que los abogados de "Coral Internacional" argumentaron en la demanda que la autoridad les habría dicho que el trámite no era procedente.

"...Sin embargo, ello no tiene el alcance de acreditar que la parte quejosa se constituyó ante ésta autoridad".

Por todo ello la Jueza Murillo Badilla determinó desechar la solicitud.

Ello fue lo que derivó en una Queja que también terminó resolviendo en contra el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa.

 

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El caso

 

+ Demandante: Coral Internacional.

+ Demandado: Ayuntamiento de Huatabampo.

+ Tribunal: Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa de Sonora.

+ Número de expediente: 569/2024.

+ Inicio del juicio: 14 de abril de 2025.

+ Acto reclamado: Desatención y trámite debido a la manifestación de traslación de dominio por la adquisición de bien inmueble urbano.

+ Primer fallo relevante: El 20 de marzo del 2024. La Jueza Séptima de Distrito, Yazmín Angélica Murillo Badilla, dentro del juicio 67/2024, resolvió negar el amparo solicitado por la empresa.

+ Segundo fallo relevante: El Cuarto Tribunal Colegiado confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito.

 

Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.

 

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La protagonista

 

+ Nombre: Coral Internacional.

+ Giro: Agroindustria.

+ Origen: Navojoa, Sonora.

+ Fecha de Constitución: 9 de octubre del 2004.

+ Socios fundadores: Arturo Daniel Almada Ramos y Jorge Enrique Ramos Arvizu.

+ Directivos: Luis Mario Morales Salido, Comisario.



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