Tribunales federales rechazan amparo a Kimberly Clark
- Redacción/LA VERDAD
- 17 ene
- 4 Min. de lectura
El Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa confirma la negativa contra la empresa productora de pañales y que opera en Nogales, Sonora; el juicio inició en el 2023
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- La empresa productora de pañales desechables "KC MC Manufacturing", una subsidiaria de Kimberly Clark que opera en Nogales y es propiedad de Claudio X González, no obtuvo un amparo que solicitaba para evitar el pago de una sobretasa del Impuesto Sobre Remuneraciones Personales, mejor conocido como "Impuesto Sobre Nóminas".
Una sentencia dictada el 12 de junio de este año por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa de Sonora confirmó una sentencia previa dictada por el Juzgado Cuarto de Distrito que negó el amparo solicitado por la empresa.
De acuerdo con el expediente número 192/2023 los tres magistrados del tribunal coincidieron que no era procedente la solicitud y la desecharon.
En ese mismo fallo, basados en una ponencia presentada por el magistrado Luis Fernando Zúñiga Padilla, se desechó la petición hecha por la empresa fabricantes de pañales.
La resolución derivó de una demanda inicial radicada el 13 de marzo del 2023 por los abogados de la empresa y que fue canalizada al Juzgado Cuarto de Distrito, con base en Nogales, para su desahogo.
En ese tiempo la empresa "KC MC Manufacturing” solicitó el amparo en contra acciones tomadas por el Congreso del Estado, el Gobernador, Secretario de Hacienda, Director de Ingresos de Sonora, y el Recaudador de Rentas del Estado.
Los actos reclamados se refieren a la aprobación del artículo 216 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora, en el cual se establece el aumento de 2% a 3% del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, mejor conocido como Impuesto Sobre Nóminas.
Sin embargo, tras revisar el caso, el Juzgado Cuarto de Distrito determinó, el 12 de julio del 2023, que la petición debía desecharse por improcedente.
Inconforme con la decisión, la empresa interpuso un recurso de revisión que tocó ser analizada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa.
El caso quedó registrado bajo el expediente 1137/2023.
Los abogados de Kimberly Clark alegaron que la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Distrito no cumplía con los principios de congruencia y exhaustividad que los órganos jurisdiccionales de amparo deben cumplir, al no amparar ni proteger la parte quejosa.
El argumento de los defensores era que la reforma aludida no atendió la capacidad contributiva y económica del sujeto pasivo del impuesto, pues el legislador al momento de determinar el aumento de la tasa de 2% a 3% del Impuesto Sobre Nóminas, se basó en un criterio comparativo de las tasas aplicables en otros estados.
"...(Ello) resultaba contrario a lo establecido en el artículo 31, fracción IV, constitucional, razón por la que se solicitó la aplicación del test de proporcionalidad, el cual, a la luz de la jurisprudencia sostenida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sólo requiere un mínimo de justificación", anota la sentencia.
En sus argumentos alegaron que el Juez Cuarto de Distrito se alejó de su función constitucional al resolver sobre una serie de elementos ajenos a la litis materia del juicio de amparo.
"...Constituye una vulneración a los derechos fundamentales al existir una falta de rigorismo jurídico, pues no se puede resolver señalando que no procede la aplicación del test de proporcionalidad, porque no se expusieron las razones y motivos por los que dicho test demostraría la inconstitucionalidad de la norma".
En total, en su demanda de revisión, los representantes legales de Kimberly Clark presentaron nuevos motivos para fundamentar sus alegatos.
Sin embargo, los magistrados coincidieron que los reclamos eran infundados e inoperantes.
Para fundamentar sus razones del fallo, el magistrado ponente estableció que el juzgado cuarto de distrito no varió la litis al dictar la sentencia y, en cambio, es indubitable que resolvió las cuestiones efectivamente planteadas en la demanda de amparo.
"Para arribar a esta conclusión... basta analizar y confrontar lo expuesto en la demanda de amparo con lo resuelto por el juzgador federal al emitir su fallo", especifica la sentencia del Cuarto Tribunal Colegiado en la página 13 de las 31 que integran el documento.
Uno de los fundamentos cruciales para desechar la petición de Kimberly Clarck fue detallar que en artículo 221 Bis-1 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora (que no fue reclamada como inconstitucional), expresamente dispone que los pagos por concepto del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal no causarán el Impuesto para el Sostenimiento de las universidades de Sonora, y las contribuciones para el Consejo Estatal para la Concertación de la Obra Pública, ni las contribuciones para el Fortalecimiento de la Infraestructura Educativa, precisa el fallo.
Ello fue comprobado por los propios recibos anexados por la empresa en la demanda presentada.
****
El caso
+ Demandante: KC MC Manufacturing.
+ Demandado: Congreso del Estado y Gobierno del Estado.
+ Tribunal: Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa.
+ Titular: Oscar Javier Sánchez Martínez.
+ Número de expediente: 192/2023
+ Inicio del juicio: 9 de octubre del 2023.
+ Acto reclamado: Impugnación a la negativa del Juzgado Cuarto de Distrito de otorgar un amparo contra el cobro de una sobretasa de 2% a 3% del Impuesto Sobre Remuneraciones Personales del Trabajo, conocido como Impuesto Sobre Nóminas.
+ Primer fallo relevante: El 12 de julio del 2023 desechó la solicitud de amparo interpuesta por la empresa fabricantes de pañales.
+ Segundo Fallo relevante: El 12 de junio del 2024 el Cuarto Tribunal Colegiado confirmó el fallo dictado por el Juzgado Cuarto de Distrito.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
****
La protagonista
+ Nombre: KC MC Manufacturing.
+ Origen: CDMX.
+ Giro: Industrial.
+ Antecedente: La empresa Kimberly Clark es una de las más grandes del país en su giro y cuenta con una subsidiaria en Nogales, Sonora, que opera bajo la razón social "KC MC Manufacturing".
El propietario mayoritario es Claudio X. González, quien es uno de los principales opositores de Andrés Manuel López obrador, el Presidente de la República.


Comments